POR AMENAZAR EN REDES SOCIALES, 35 DÍAS PRESO Y SIGUE IMPUTADO

POR AMENAZAR EN REDES SOCIALES, 35 DÍAS PRESO Y SIGUE IMPUTADO

22-10-14 (LaVoz) Una joven denunció que su exnovio le envió casi mil mensajes de tono violento. Un fiscal dispuso su detención, pero un juez ordenó liberarlo, aunque la causa sigue abierta.
Río Cuarto. Es la primera vez que la Justicia aborda un caso de amenazas por las redes sociales en Río Cuarto. Fabricio Emanuel Pinotti, de 27 años, fue denunciado por una exnovia por centenares de amenazas de muerte supuestamente proferidas a través de mensajes de texto, Twitter y Facebook.

Por el contenido de esos textos y su perfil psicológico, el fiscal de instrucción, Fernando Moine, lo imputó y le dictó la prisión preventiva, sin esperar que una pericia técnica corrobore el origen de las comunicaciones. Pinotti estuvo 35 días preso, pero el juez de Control, Daniel Muñoz, hizo lugar a una oposición y, con un criterio totalmente diferente, revocó la detención.

Desde ayer Pinotti está libre, pero sigue imputado por lesiones, amenazas reiteradas y calificadas, coacción reiterada (supuestamente ofreció 30 mil pesos para que retiren la denuncia) y desobediencia a la autoridad reiterada (porque, en cada contacto por las redes, habría violado la orden de restricción de comunicación del Juzgado de Violencia Familiar).

Jéssica, la exnovia, denunció que entre diciembre de 2013 y marzo de 2014 recibió cientos de mensajes de texto y vía Twitter o Facebook en los que Pinotti la amenazaba de muerte. Otra exnovia del acusado, llamada Zulma, también lo sindicó como autor de similares conductas.

“Me ponés loco y no me queda otra que llenarte la cabeza de tiros; va a ser lindo ver tus chorros de sangre y tu cabeza como un colador, besos”; “va a ser mi mayor placer verte fría, pálida y con olor a podrida por estar muerta”, dicen algunos de los casi mil mensajes ofrecidos como prueba.

En la indagatoria, Pinotti aseguró que lo denunciado es falso, que él cortó la relación con la joven hace cuatro años y que esos mensajes son “fruto de una actividad desplegada por la denunciante producto de un desencuentro amoroso”.

El fiscal Moine parece no tener dudas de que el acusado es el autor de los mensajes. Da por acreditados los hechos por considerar que los textos amenazantes contenían referencias que sólo podía conocer el imputado y que éste tiene una personalidad compatible con la acusación. Consideró que con los elementos probatorios incorporados, podía establecer con el grado de probabilidad exigido la responsabilidad de Pinotti.

Para el fiscal, correspondía la prisión preventiva porque, si fuera condenado, el joven no podría acceder a la libertad condicional y porque “existen circunstancias objetivas que alertan sobre un serio y fundado peligro procesal”.

OTRO CRITERIO
La defensa se opuso y argumentó que “no tiene sentido analizar los mensajes sin determinar la titularidad del teléfono del que se emitieron”.

El juez Muñoz resolvió, al liberar al imputado, que “carece de contundencia el conjunto probatorio reunido hasta el momento”. Sostuvo que para este caso “adquiere relevancia la necesidad de contar con el dictamen de un profesional informático para localizar al responsable de las acciones investigadas”. Esa pericia falta.

“El principio de inocencia sólo puede ser neutralizado con fundamentos técnicos que identifiquen al usuario comprometido”, dijo el juez. Valoró sólo como “indicio” al informe psicológico y remarcó que “no debe olvidarse que en las redes sociales no existe exigencia de identificación de los usuarios y que, como contracara, proveen de herramientas para bloquear usuarios o reportar tuits considerados violentos”.

Advirtió el juez que puede resultar “desproporcionada la prolongación de su privación de libertad, si se la encadena al diligenciamiento de una prueba cuyo tiempo es indeterminado” porque las empresas prestatarias de los servicios son extranjeras.

NUEVOS CASOS

La explosión del uso de redes sociales va generando la necesidad de que las leyes y la Justicia se adapten para evaluar con nuevo criterio en qué casos se cometen delitos por esa vía, como amenazas, calumnias o injurias.




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