El debate sobre menores en moto se replica en la región

En Corrientes la prohibición se establece hasta los 10 años, mientras que en Resistencia presentaron un proyecto que restringe esta conducta en forma absoluta hasta los 5 años y relativa hasta los 12.


El transporte de los menores de edad en las  motocicletas es un tema de debate en la región y el número de siniestros viales que se registra, demandan una mayor atención por parte del Estado. Mientras que Corrientes está adherida a la Ley Nacional N° 26.363, sancionada en 2008, que prohíbe la circulación de los niños de 10 años en este tipo de rodado, en Resistencia se presentó un proyecto que establece su limitación absoluta para los chicos hasta 5 años y una restricción relativa para los comprendidos entre 5 y 12 años.
En lo que respecta a la circulación de menores en motocicletas, Corrientes en el año 2009, se adhirió a la Ley Nacional N° 26.363, sancionada en 2008, que establece que los niños menores de 10 años no pueden trasladarse en este tipo de vehículos
Por lo general esta situación se da en los ingresos a los establecimiento escolares, por lo que desde la Dirección de Tránsito a comienzo del año, y durante el primer mes, se llevó a cabo una campaña de concientización dirigida a los padres.

Resistencia
 En este contexto, en Resistencia la concejal María Teresa Celada, presentó un proyecto de Ordenanza donde se busca garantizar mayor seguridad a través de la prohibición absoluta para menores de 5 años, y una prohibición relativa para los menores de 12 años, según detalla el proyecto.
La iniciativa se funda en que la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, no establece nada con respecto a la presencia de menores en las motos, generando un vacío legal, por lo que se hace necesario establecer normas específicas aplicables, que prohíban que menores de 12 años circulen en ciclomotores, motocicletas y similares, ya que son ellos los que enfrentan situaciones de alto riesgo, poniendo en peligro su integridad física, dado que no existen cascos homologados para usar, no alcanzan los apoyapies y no tienen la habilidad de sostenerse, maniobrar, ni sujetarse con seguridad al conductor.
El texto presentado establece la prohibición total del traslado de los menores de 5 años, pero los niños que tengan entre cinco y doce años de edad, podrán circular como acompañantes, en la medida en que, quien conduzca el vehículo sea su madre, padre, tutor o persona autorizada para ello.
Se establece como sanción la retención inmediata del vehículo, la obligación de cumplir con un curso de concientización que organizará el Departamento Ejecutivo por intermedio de la Dirección de Tránsito, que debe constar de un mínimo de tres clases de una  hora diaria que tendrá un costo equivalente a 10 litros de nafta súper valor ACA; y el pago de la multa de acuerdo a la normativa vigente. Y en el caso de que el infractor sea un menor habilitado, la obligatoriedad de concurrencia al curso se extenderá también a los padres y/o tutores.

El litoral Corrientes
21.08.2017
http://www.diario21.tv/notix2/noticia/86325_el-debate-sobre-menores-en-moto-se-replica-en-la-regioacuten.htm
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